Las Tarjetas Revolving ya tienen cita con el Supremo

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    Las Tarjetas Revolving ya tienen cita con el Supremo

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    El próximo 26 de febrero será la fecha en la que el tribunal decida si estos créditos son usura

     

     
    El 26 de febrero la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo votará si los intereses del producto financiero conocido como tarjetas revolving son usura o no. Las demandas por los intereses de estas tarjetas de pago aplazado, que rondan un interés del 20%, tienen a entidades como WiZink, que se han especializado en este tipo de producto, con todas las alarmas encendidas.

    WiZink es una antigua filial de Banco Popular que se ha hecho fuerte con el negocio de tarjetas de Citibank y Barclays en nuestro país; financieras de consumo como Evo Finance, Cetelem y Carrefour, pero también bancos como BBVA, Santander y CaixaBank están muy al tanto de lo que pueda decidirse en el Supremo dentro de unas semanas.

     

     

     

     

     

    Tarjetas revolving, situación actual de la disputa

     

     

     

    La razón es simple, en los últimos dos años los tribunales han dado la razón mayoritariamente a las demandas de clientes perjudicados por los elevados intereses de estos créditos.

    Solo un puñado de audiencias provinciales han fallado contra el criterio mayoritario y no han considerado usura los altos intereses de las revolving. Ahora le toca al Supremo poner término a la cuestión.

    El pasado mes de noviembre WiZink se convertía en la primera entidad que presentaba recurso. En junio se produjo un primer intento fallido de que el Supremo examinara estos controvertidos préstamos.

    Poco después se retiraban de su recurso sin dar motivos. Parece ser que los bancos temían un fallo contrario del Supremo y preferían pagar a los clientes que les ganaban en los tribunales.

    En último momento, WiZink pasó al ataque de nuevo. El Tribunal deberá juzgar el caso de una mujer de Santander que hace ocho años contrató una tarjeta de crédito Visa City Oro, actualmente Wizink, con un interés del 27% TAE.

    Hace dos años un tribunal de primera instancia lo consideró usura. Wizink recurrió y la Audiencia Provincial de Cantabria volvió a dar la razón a la clienta declarando el contrato nulo en base a la Ley de Represión de la Usura, una norma de 1908 aún en vigor.

     

     

     

     

     

    La defensa de los bancos con las tarjetas revolving

     

     

     

    Después de los reveses judiciales de las cláusulas suelo, las preferentes y las hipotecas multidivisa, tiene dos frentes abiertos de la mayor importancia. Por un lado las revolving y por el otro el índice IRPH hipotecario, sobre el que se espera que se pronuncia este año el Tribunal de Justicia de la UE.

    Los bancos, alegan en su defensa, que al ofrecer el Banco de España diferentes estadísticas dentro de los créditos al consumo —los tradicionales y los que se realizan mediante tarjeta—, la comparación no debe establecerse con los intereses tradicionales (en torno al 7%), sino con los de las tarjetas de crédito aplazado (20%). Con esto lo que pretenden es conseguir un cambio de doctrina jurisprudencial.

     

     

     

     


     

     

     

     

     

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