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Reponsabilidad patrimonial al Estado hasta el 27 de Julio
Posibilidad de reclamar acción de responsabilidad patrimonial al Estado acción hasta 27 de julio de 2017
España, condenada por el TJUE a indemnizar a los afectados por cláusulas abusivas en su hipoteca.
Hay que hacer memoria y recordar que nuestro legislador, el actual Gobierno en funciones, y a pesar de los continuos requerimientos de Europa sobre la insuficiencia de las reformas hipotecarias que se estaban llevando a cabo, no regula hasta el mes de Octubre del pasado 2015, con la última reforma operada en nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil, la obligatoriedad de los Jueces de examinar de oficio los contratos que se le presenten con las demandas.
Esta revisión debería servir para eliminar aquellas cláusulas que, bajo su criterio, sean abusivas como pueden ser la cláusula suelo, la cláusula de intereses de demora excesivamente altos, la cláusula 365/360 por la que el deudor paga 5 días más de intereses al año o incluso la cláusula de cesión del préstamo sin necesidad de comunicárselo al deudor.
Muchas son las familias que, como consecuencia de la aplicación de dichas cláusulas –en cuanto que afectan a la cuantía en la que se basaba el juicio–, se han quedado en algunos casos sin vivienda y con una deuda que todavía les perseguirá de por vida.
Y muchos son los operadores jurídicos, incluido nuestro Tribunal Supremo, que han alzado nuestra voz manifestando que, aunque nuestra legislación nacional no lo contemplara, los jueces y tribunales tenían que hacer un examen de oficio de las cláusulas abusivas contenidas en los contratos celebrados con consumidores, puesto que así era ordenado desde 2009 por Europa, cuyo derecho y jurisprudencia es supranacional.