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recuperar el dinero de las comisiones ilegales de la banca

Recuperar Comisiones Bancarias

 

Cómo recuperar el dinero de las comisiones ilegales de la banca

Los bancos españoles basan gran parte de sus ingresos en el cobro de comisiones. La banca aprovecha el desconocimiento de la normativa por el grueso de la población para cobrar comisiones abusivas e ilegales en múltiples productos. Si el cliente de banca se da cuenta de este abuso es posible reclamar y que el banco devuelva el dinero cobrado por las comisiones ilegales sin necesidad de ir a juicio.

comisiones-bancariasEn España no existe límite de dinero para las comisiones que la banca puede cobrar a sus clientes. La ‘Orden de Transparencia y protección del cliente de servicios bancarios’ indica que “las comisiones percibidas por servicios prestados por las entidades de crédito serán las que se fijen libremente entre dichas entidades y los clientes”.

Esta normativa dice también que “sólo podrán percibirse comisiones o repercutirse gastos por servicios solicitados en firme o aceptados expresamente por un cliente y siempre que respondan a servicios efectivamente prestados o gastos habidos”. Es decir, el banco no puede cobrarnos una comisión si esta no viene reflejada en el contrato del producto o servicio bancario, y tampoco puede cobrar comisiones exageradas, ya que deben corresponderse con los gastos generados. Además, los bancos deben poner a disposición de los clientes las comisiones de sus productos. Esto puede consultarse en la web de cada banco, o en las sucursales bancarias.

Aun así, la banca española cobra múltiples comisiones abusivas. En ReclamarBanco.es hemos recopilado las principales, y animamos a todos los clientes de banca que hayan sufrido el cobro de alguna de estas comisiones abusivas a que reclamen para recuperar su dinero. Pueden llamarnos gratuitamente al teléfono 900 525 135 o enviarnos un e-mail a reclamar@reclamarbanco.es y les ayudaremos a reclamar por las comisiones abusivas de los bancos y a recuperar su dinero.

Principales comisiones abusivas de los bancos españoles

  • Comisión por reclamar ‘posiciones deudoras’ o números rojos: Es la más habitual. Cuando nos quedamos en números rojos los bancos suelen cobrar dos comisiones: una por quedarnos en números rojos (habitualmente un porcentaje de dicho descubierto) y otra por ‘reclamar’ el pago. Los bancos no pueden cobrar esta segunda.
  • Comisión por servicios no prestados: Los bancos solo pueden cobrar comisiones por servicios que han prestado al cliente. Algunos bancos cobran comisiones de estudio de préstamos hipotecarios sin realizar ese estudio previo; por tasaciones que no han hecho; por gastos de transferencia cuando hay un traspaso de dinero, etc.
  • Cobro de gastos duplicados: Un banco no puede cobrar una comisión varias veces. Esto ocurre, por ejemplo, en las hipotecas cuando se pretende cobrar por segunda vez la comisión de estudio; cuando se duplica el cobro por preparar los documentos para cancelar la hipoteca; o cuando nos cobran varias veces una comisión con la excusa de que, en la cuenta, hay más de un titular.
  • Comisión por mantenimiento de cuentas inactivas: Si tenemos una cuenta bancaria que no utilizamos para nada, en la que ni entra ni sale dinero, el banco no puede cobrarnos ninguna comisión de mantenimiento o administración, ya que esta cuenta no le genera gastos.
  • Comisión por hechos irregulares causados por el banco: El banco no puede cobrar comisiones por servicios que se produzcan a causa de errores del propio banco.
  • Comisiones de mantenimiento o administración en cuentas abiertas por obligación para domiciliar pagos de productos: Cuando contratamos una hipoteca o un producto de ahorro es habitual que el banco nos obligue a abrir una cuenta para domiciliar en ella los recibos de la hipoteca o los intereses. Si la usamos exclusivamente para eso no pueden cobrarnos comisiones.
  • Comisiones por ingresos o reintegros: Si ingresamos dinero en nuestra cuenta en una sucursal distinta a la habitual, o si usamos cheques o transferencias para disponer de nuestro dinero, nuestro banco no puede cobrarnos comisión.
  • Comisión por cobro/devolución de efectos: Si, cuando presentamos al cobro una letra que va a cargo del banco, éste quiere cobrarnos una comisión, no puede hacerlo puesto que el banco solo cumpliría con su obligación de presentar la letra a quien debe pagarla. Tampoco si el efecto ( cheque, letra, pagaré) es devuelta.
  • Comisión por disponer de dinero en los cajeros de la propia red: El Servicio de Reclamaciones del Banco de España considera mala práctica bancaria el cobro de una comisión por utilizar la tarjeta bancaria en un cajero automático de la misma red (Servired, Telebanco 4B o Euro6000), aunque no sea un cajero de nuestro banco.
  • Comisión por obtención de la escritura de cancelación de hipoteca: Los bancos no pueden cobrar comisiones por la emisión de un certificado de cancelación económica de la deuda.
  • Comisión por servicios innecesarios: El banco no puede cobrar una comisión cuando, sin consentimiento del cliente, presta un servicio innecesario.
  • Comisión por diferencia de valoración: Los bancos no pueden cobrar comisiones por diferencias de valoración (fecha a partir de la que genera intereses un abono en una cuenta corriente o cuando deja de generarlos una deuda). Ejemplo: cobrar comisiones por números rojos producidos por la diferente valoración de abonos y cargos realizados en la cuenta del cliente en un mismo día.

Como hemos indicado, en ReclamarBanco.es le ayudaremos a reclamar por el cobro de estas comisiones abusivas, y a recuperar su dinero. 

 

 

 

 

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