Reclamar al Banco de España: todo lo que debes saber

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    Reclamar al Banco de España: todo lo que debes saber

    ¿conoces reclamar banco?
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    Aunque el Banco de España no tiene capacidad sancionadora, casi tres cuartas partes de las reclamaciones por malas prácticas bancarias se han visto satisfechas

     

     

     

    Según la memoria del Banco de España el 70,6% de las reclamaciones presentadas por los consumidores por mala practica bancaria son admitidas a tramite.

    El año pasado las entidades financieras tuvieron que devolver más de dos mil millones y medio de euros en rectificaciones. Con un importe medio de 392, 78 euros, con una subida entorno a los 124 euros respecto al año anterior. Esto se traduce en un aumento de casi el 50%.

     

     

     

    Todo lo que debes saber al reclamar al Banco de España

     

     

     

     

    •  Reclamar a la entidad financiera

     

     

    Esto se hace presentando un escrito en el banco. Si no te contenta la resolución o no has obtenido respuesta en el plazo de un mes o dos (dependiendo de si eres consumidor o no) es cuando puedes acudir al Banco de España.

     

     

     

     

    • Reclamación al Banco de España

     

     

    La reclamación se puede realizar por escrito, a través de sucursales o vía telemática. El plazo máximo para contestar es de 4 meses.

     

     

     

     

    • Documentación requerida:

     

    1. Identificación (nombre y apellidos o denominación social, domicilio -a efectos de notificaciones-, DNI y en caso de haberla, representación).
    2. Nombre de la entidad contra la que se realiza la reclamación y la oficina implicada. Si quieres reclamar contra varias entidades, deberás hacerlo de forma individual contra cada una de ellas, en formularios diferentes.
    3. Acreditación de haber cumplido con el trámite previo ante los Servicios o Departamentos de atención a la Clientela y los Defensores del Cliente de la entidad.
    4. Lugar, fecha y firma original.
    5. Fotocopia de la documentación que acredita los hechos reclamados.
    6. No se admitirá la reclamación si han pasado más de 6 años desde la producción de los hechos sin haber presentado reclamación o queja ante el Banco de España.

     

     

     


     

     

     

     

    Nombre (requerido)

    Correo electrónico (requerido)

    Mensaje

     

     

     

     

    Reclamar banco

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