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- Dic 10
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Nuevas medidas contra las tarjetas revolving
Economía trabaja en una norma para evitar que el crédito de las tarjetas revolving no sobrepase el 40% de los ingresos del cliente
El Ministerio de Economía ha puesto en marcha una modificación de la Orden sobre transparencia y protección del cliente de servicios bancarios en la que pone una serie de limitaciones extra a los créditos concedidos con las tarjetas revolving.
El límite del crédito concedido (el dinero disponible) no superará el 40% de los ingresos netos anuales del cliente.
Y por si no fuera poco, el importe anual de las cuotas a pagar por el crédito tendrán que amortizar un 25% del préstamo.
Malas noticias para esta forma de financiar compras o lograr dinero rápido, donde se llegaban a cobrar intereses cercanos al 30%.
Además las entidades financieras deberán realizar una evaluación de la capacidad del cliente, para comprobar si éste puede cumplir sus obligaciones.
Este proceso conllevará solicitar la documentación necesaria, consultar el historial crediticio, cálculo del nivel de ingresos a percibir tras la jubilación y estimación de sus propiedades y estado de la cuenta de ahorro.
Todas estas medidas dentro del borrador del gobierno van a ser puestas en funcionamiento con la intención de minimizar los daños a la banca.
Estos litigios por tarjetas revolving no han dejado de aumentar en los últimos meses, llegando a convertirse en una situación problemática tanto para entidades como para afectados.
Devolver todos los intereses
Un ejemplo de esta problemática es el que se ha dado en el País Vasco, donde un banco se ha visto obligado por una sentencia a devolver todos los intereses creados por una tarjeta revolving.
El cliente tenía un contrato desde el 2010 en el que se le aplicaba un 23,14 TAE en la tarjeta.
Al desconocer la carga económica que suponía esta tarjeta empezó a utilizarla sin darse cuenta del agujero en el que se estaba metiendo.
El afectado había dispuesto de la tarjeta revolving de un total de 12.474,82 euros. Sin embargo, habiendo abonado 12.572,46 euros, aún le quedaban pendientes por pagar 11.310 euros, es decir, prácticamente no había amortizado nada del préstamo.
Pero ahora la sentencia considera nulo el contrato del préstamo por usura y obliga a devolver todas las cantidades de más que excedan la cantidad prestada.