Herencia, las mejores y peores comunidades para recibirla

  • Herencia, las mejores y peores comunidades para recibirla

    Herencia, las mejores y peores comunidades para recibirla

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    Este impuesto, de larga historia, está regulado por el estado, pero su gestión concreta corresponde a las comunidades autónomas, todo ello dentro del marco de la financiación autonómica.

    Debido a esto hay grandes diferencias en el importe a pagar dependiendo de la autonomía en la que haya vivido los últimos cinco años el fallecido del que se hereda, tal y como establece la legislación.

    Para el caso de herencias de difuntos que vivían en el extranjero, se aplicará la normativa estatal.

     

    ¿Cuánto debe a Hacienda un contribuyente que reciba una herencia? 

     

     

     

    • Reducciones en la vivienda habitual

    El primer cálculo para saber cuánto hay que pagar por la herencia consiste en restar deudas, cargas y gastos deducibles de la llamada masa hereditaria bruta.

    De esta manera obtendremos la base imponible, sobre la que cada Comunidad Autónoma aplica determinadas reducciones en algunos de los elementos que componen la herencia, como los seguros de vida.

    Un ejemplo, el 100% de las CCAA tienen reducciones sobre el 95% o más del valor de la vivienda habitual que se hereda, hasta un techo que va de los 122.606 euros de Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, La Rioja y Murcia, a los 500.000 euros de Cataluña.

     

     

     

    • Importantes bonificaciones

    Si hablamos de las bonificaciones, el caso más conocido es el de Andalucía, en la que el impuesto no se paga si se recibe una herencia por un importe igual o inferior al millón de euros.

    Pero las herencias entre familiares directos, es decir, aquellas que pasan de un cónyuge al otro, o de padres a hijos o al revés, son exentas en todas las comunidades, en mayor o menor medida.

    La práctica totalidad de la herencia –un 99%– que se destine a cónyuges, descendientes o ascendientes estará exenta en Cantabria, Madrid y Murcia.

    Otros ejemplos son La Rioja dónde esta exención será aplicarada solo a una base imponible superior a 500.000 euros. El que se sitúe por debajo de este importe estará exento el 98%. Una base imponible de hasta 100.000 euros dará lugar a una bonificación total en Cantabria, mientras que en Castilla y León este límite está fijado en 400.000 euros.

    Las diferentes comunidades establecen otras alta exención para personas con discapacidad o, en la Comunidad Balear, para hijos menores de 21 años. El elaborado sistema de reducciones y bonificaciones que caracteriza este impuesto hace que el 80% de los herederos no tenga que pagarlo.

     

     

     

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    Los que sí deberán pagarlo podrían verse más o menos afectados según la región en la que vivió el difunto.

     

     

    Diversas organizaciones han elaborado el ejemplo de una persona de 30 años, soltera, que hereda de su padre bienes por 800.000 euros, de los que 200.000 euros corresponden a su vivienda.

    En la Comunidad Andaluza, este heredero no tendría que pagar un euro a Hacienda por la sucesión, y en Canarias el recibo llegaría apenas a los 134 euros.

    Sin embargo, este importe se elevaría a 155.393 euros o 103.135 euros, respectivamente, en Aragón y Asturias, las dos Comunidades Autónomas donde este contribuyente debería más dinero a las arcas públicas.

    A continuación se encuentran Castilla y León (81.018 euros), Comunidad Valenciana (63.193 euros), Castilla-La Mancha (31.759 euros), Galicia (15.040 euros), Cantabria (14.765 euros), Cataluña (9.796 euros), Baleares (5.950 euros), La Rioja (3.175 euros), Murcia (1.640 euros), Extremadura (1.587 euros), y Madrid (1.586 euros). En País Vasco y Navarra se aplica el régimen foral.

     

     

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    Dificultades para asumir las deudas

     

     

    En algunas comunidades, si te pasas del capital y en función del grado de parentesco, Hacienda se puede llevar hasta un 80% de la herencia.

    Los defensores de la eliminación de este impuesto señalan los datos de las renuncias a las herencias como supuesta prueba de una excesiva imposición.

    Estas han pasado de las 11.048 que se registraron en 2007 a las 42.987 de 2017 (un 10,5% del total), lo que representa un incremento del 289% en tan solo una década.

    Los que abogan por su mantenimiento subrayan que estas renuncias no tienen como causa una fiscalidad exorbitante sino la crisis económica, es decir, la tormenta perfecta formada por la burbuja inmobiliaria, hipotecas altas sobre inmuebles cuyo valor ha ido disminuyendo, y la dificultad que registraron las familias para desendeudarse.

     

    En otras palabras, las herencias llegan cargadas de deudas que algunos herederos no pueden asumir.

     

     

     

    ¿Mejor donar en vida?

     

    Pase lo que pase, para pagar el impuesto el contribuyente tiene seis meses desde el fallecimiento de la persona que deja la herencia, aunque es posible solicitar una prórroga de otros 180 días si se pide antes de que hayan transcurrido cinco meses.

    En determinadas ocasiones, sin embargo, y con el objetivo de pagar tributos más bajos, se aconseja plantearse una donación en vida, sobre todo si se trata de patrimonios elevados.

     

     

     

    No debemos olvidar que la donación de bienes inmuebles son más cara que la sucesión, por lo que se debe analizar cada caso particular


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