Reclamar Gastos de Hipoteca
Cómo recuperar y reclamar los gastos de constitución de la hipoteca
Cuando contratamos una hipoteca el banco nos obliga a pagar una serie de gastos ligados a la constitución de la hipoteca que pueden llegar a alcanzar el 15% del valor de compraventa: impuestos, notaría, registro y gestoría. Hasta ahora los bancos cargaban en los hipotecados el 100% de estos gastos, pero recientes sentencias –incluso del Tribunal Supremo- dicen que esto es ilegal.
En lo que respecta a la formalización de las escrituras notariales y la inscripción de estas en el Registro de la Propiedad, la legislación indica que quien debe pagar estos costes es el solicitante del servicio, o quien tenga el interés principal en la documentación e inscripción de la escritura del préstamo hipotecario. Y quien tiene más interés en que la hipoteca se constituya es, sin duda, el banco, ya que así obtiene un título ejecutivo, constituye la garantía real del préstamo y adquiere la posibilidad de ejecución especial en caso de iniciar un proceso de ejecución hipotecaria –desahucio-.
En suma, según las sentencias tanto del Supremo como de algunas audiencias provinciales, los siguientes gastos no deberían pagarlos los hipotecados:
- Gastos notariales. Suelen representar hasta el 0,5% de la compraventa.
- Gestoría.
- Registro de la Propiedad. Suelen ascender hasta al 0,2% de la compraventa.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Depende de cada Comunidad Autónoma y puede llegar a suponer hasta el 1% de la compraventa.
Por el momento no hay ninguna ley que obligue a los bancos a devolver este dinero a sus clientes, por lo que es preciso iniciar un proceso legal para conseguir recuperar nuestro dinero. El equipo jurídico de ReclamarBanco.es está a disposición de todos los afectados que quieran recuperar su dinero de los gastos de constitución de su hipoteca. Los afectados pueden llamar gratuitamente al teléfono 900 525 135 o enviar un e-mail a reclamar@reclamarbanco.es
Para iniciar los trámites los afectados deben recopilar la siguiente documentación:
- Escritura de la hipoteca.
- Documentación de las ampliaciones o novaciones, si las ha habido, del préstamo hipotecario.
- Recibo del pago de la hipoteca, si esta continúa en vigor.
- Factura de la gestoría que tramitó la hipoteca.
- Factura de la notaría en la que se hizo la hipoteca.
- Factura del Registro de la Propiedad en el que se inscribió la hipoteca.
- Carta de pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados correspondiente a nuestra hipoteca.
- Certificado de Empadronamiento, si se trata de la vivienda habitual.
- Escritura de cancelación de la hipoteca, si se hubiera cancelado el préstamo.