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- Mar 20
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Campaña electoral y herencias: la polémica del IRPF
El cónyuge, un hijo, un sobrino o un amigo… por la herencia todos pagarán lo mismo; no importará el patrimonio que tuvieras antes, dará igual que lo recibido sea una donación o una herencia… estas serán algunas de las consecuencias de la eliminación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) sin modificar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Esta derogación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones va a formar parte de la campaña electoral. Y es que es uno de los objetivos PP y Ciudadanos, como lo han manifestado en el Parlamento, donde han presentado sendas iniciativas sin éxito.
Estas dos inciatívas además tenían otro punto en común, omitían el IRPF, un impuesto que debería ser modificado al mismo tiempo que se eliminaba el de Sucesiones, para evitar males mayores.
El motivo sería no dejar a merced del IRPF el legado, lo que aumentaría la carga fiscal del heredero.
Las rentas sujetas al ISD no lo están al IRPF, según establece el artículo 6.4 de la Ley 35/200. Así si se elimina el impuesto de Sucesiones, la herencia sería una ganancia patrimonial, que no procede de la transmisión, por tanto a integrar en la base general.
Cinco variables del Impuesto de Sucesiones y Donaciones
- 1.- El tipo de negocio jurídico: no se paga lo mismo por una transmisión mortis causa (una herencia) que por una transmisión inter vivos (donación).
- 2.- Grado de parentesco: cuanto más «próximo» se es al fallecido o al donante la cuota es menor.
- 3.- Edad del heredero: se establecen mayores beneficios fiscales para los menores de 21 años, pues tal y como cita la propia exposición de motivos de la Ley deben de tenerse en cuenta las situaciones de mayor desamparo económico.
- 4.- Patrimonio preexistente: si el heredero o donatario superan unos determinados umbrales de patrimonio se aplican sobre la cuota unos multiplicadores.
- 5.- Caudal transmitido: a través de la existencia de una tarifa progresiva, con «escalones».