Anulada una deuda por analfabetismo

  • Anulada una deuda por analfabetismo

    Anulada una deuda por analfabetismo

    ¿conoces reclamar banco?
    Share on FacebookTweet about this on TwitterShare on Google+Share on LinkedInEmail this to someone

     

     

    Un Juzgado de Badajoz ha anulado la deuda de una mujer al quedar constatado que era incapaz de leer el contrato de la tarjeta de crédito contratada

     

     

     

     

    Una mujer analfabeta de Badajoz ha visto como se le levantaba una deuda de 1.600 euros al ser incapaz de entender el contrato que estaba firmando con la empresa financiera responsable.

    El hecho tuvo lugar en la ciudad extremeña el pasado mes de julio de 2017. La demandada firmó un contrato para disponer de una tarjeta de crédito a la hora de financiar unas compras en un centro comercial.

    Un año después, la empresa responsable de esta financiación, presentó una demanda reclamando más de mil euros. El juzgado respondió rebajando la cantidad de la deuda a poco menos de mil euros debido a las cláusulas abusivas del mundo.

     

     

     

     

    No era suficiente

     

     

    Pero parece que para el abogado de la empresa financiera esto no era suficiente, por lo que decidió recurrir.

    Ahora, la puerta se cierra casi definitivamente para la empresa que pretende recuperar el dinero , ya que ha quedado demostrado que la contratante no sabía leer. Gracias  a una asociación de vecinos que dio clases de alfabetización a la demandada tres meses después de firmar el contrato.

    No hay que olvidar que el artículo 7 establece que el firmante debe conocer el contenido del contrato. «No quedarán incorporadas al contrato las siguientes condiciones generales: las que el adherente no haya tenido oportunidad real de conocer de manera completa al tiempo de la celebración del contrato o cuando no hayan sido firmadas, cuando sea necesario, en los términos resultantes del artículo 5».

    Por si esto no fuera poco, la sentencia también acredita la falta de documentación por parte de los demandantes, ya que no aportaron un solo extracto que señalase el uso de la tarjeta por parte de la usuaria ni porqué la deuda era superior al limite de la tarjeta.

    A la vista de todo esto, el fallo desestimó la demanda de la empresa imponiéndoles las costas del juicio. La sentencia puede ser recurrida.

     

     

     


     

     

     

     

    Nombre (requerido)

    Correo electrónico (requerido)

    Mensaje

     

     

     

     

    Reclamar banco

    Comments are closed.